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El secretario de Estado de Comercio y Turismo, Juan
Costa, aseguraba durante el pasado abril que el índice
de ocupación hotelera en Semana Santa había sido de
entre el 85% y el 100%, y para este verano se esperaban
similares cifras gracias a un aumento del número de
turistas extranjeros.
Estos datos dejan claro que tanto los turistas españoles
como extranjeros prefieren pasar sus vacaciones en
hoteles. Ahora bien, a veces los clientes se encuentran
con problemas que pueden tener fácil solución si se
siguen una serie de directrices.
En el caso de las reservas y con el fin de evitar
situaciones tales como la de llegar al hotel y encontrarse
con que no tiene reserva, a pesar de haberla efectuado,
lo recomendable es pedir la confirmación de la misma
al hotel. Cuando ocurre este problema, lo mejor es
hablarlo con el director del hotel e intentar una
solución amistosa. En el caso de que no haya solución
al problema, tiene derecho a una indemnización por
daños y perjuicios. Si el cliente se ve obligado a
dejar el hotel y cancelar su reserva, el hotel puede
quedarse con la señal entregada con 7 días de antelación
de la fecha para ocupar el alojamiento. Una vez que
ya tiene habitación en el hotel, tiene que tener en
cuenta que si el encargado le pide el D.N.I. o Pasaporte
para anotar sus datos, bajo ningún concepto podrán
retenerlo sino que, una vez tomados sus datos, tiene
que devolverlo.
A la hora de contratar un hotel o casa rural, muchas
veces las características son inferiores a las contratadas
o se da una mala calidad de los servicios. Cuando
no se cumplen las condiciones pactadas, por ejemplo,
cuando se ha contratado una habitación con vistas
y no las tiene; o cuando en la publicidad del hotel
se indica que está en primera línea de playa y no
es cierto; o bien que la categoría del hotel es inferior
a la contratada, entre otros casos, hay que intentar
de nuevo un acuerdo con el director para solucionarlo
de una forma amistosa y rápida. Si no se llega a un
acuerdo se solicitará la correspondiente indemnización
por daños y perjuicios y por supuesto, y como paso
previo, pedir la Hoja de Reclamación, con la que obligatoriamente
deben contar todo este tipo de establecimientos.
A la hora de sufrir algún tipo de accidente debido
a las características o al mantenimiento de las instalaciones
hoteleras, debemos realizar una denuncia para, posteriormente,
reclamar por los daños que hemos sufrido. Normalmente,
este tipo de establecimientos cuenta con seguros para
cubrir los riesgos por responsabilidad civil de sus
empleados o instalaciones.
En el momento en que se produzca un robo, lo primero
que hay que hacer es denunciarlo en Comisaría o pedir
que desde el hotel se avise a la policía para que
acuda. Cuando el robo se produce dentro del establecimiento
hotelero, hay que ponerlo también en conocimiento
de su dirección, donde deberán informarle sobre si
el hotel tiene un seguro contratado que cubra este
riesgo, en cuyo caso, el hotel lo tendrá que poner
en conocimiento de la aseguradora, y ésta proceder
a indemnizar al perjudicado. Si el hurto se ha dado
en la habitación del hotel o en su caja fuerte (y
el perjudicado haya conservado el resguardo correspondiente),
la reclamación ha de dirigirse directamente al hotel
y tendrá derecho el perjudicado a la correspondiente
indemnización de daños y perjuicios.
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